Impuestos por acciones en Perú: SUNAT y rentas del exterior

Los impuestos por acciones en Perú dependen de la renta obtenida, de su fuente y de tu situación tributaria. Comprar una acción y obtener una ganancia al venderla son hechos distintos. Tampoco corresponde aplicar automáticamente una tasa del 5% a todo lo que ganes mediante un broker extranjero.
Revisado el 9 de septiembre de 2026. Orientación para personas naturales domiciliadas en Perú, sin actividad empresarial. Las referencias de declaración anual corresponden al ejercicio 2025, declarado en 2026; no anticipan el cronograma del ejercicio 2026.
Primero identifica qué ingreso recibiste
Separa las ventas de acciones, los dividendos, los intereses y las operaciones con derivados. Que todos aparezcan en la misma aplicación no los convierte en una sola clase de renta. El domicilio del broker, por sí solo, tampoco resuelve el tratamiento de cada operación.
Prepara un registro con el valor negociado, el emisor, el mercado de ejecución, las fechas, el coste documentado, el importe de venta y las retenciones. Conserva también los comprobantes de comisiones. Este detalle permite analizar el resultado de una operación sin confundirlo con depósitos o retiros de capital.
Acciones de fuente peruana y segunda categoría
SUNAT incluye en segunda categoría las ganancias gravadas por la enajenación de acciones y otros valores mobiliarios. Para determinar el impuesto deben distinguirse la renta bruta, las deducciones y la renta neta; por eso una tasa sobre renta neta no se aplica sin más al precio de venta. Revisa la guía de segunda categoría de SUNAT.
Si intervino CAVALI, solicita el detalle de las retenciones y contrástalo con tus operaciones. Una retención no significa necesariamente que ya esté resuelta toda tu declaración. Tampoco asumas una exoneración por el solo hecho de operar en la Bolsa de Valores de Lima: debes verificar el valor, la operación y la norma vigente para ese ejercicio.
Acciones extranjeras: la excepción importa
La regla general indicada por SUNAT es sumar las rentas de fuente extranjera a las rentas del trabajo. Existe una excepción para ganancias por acciones y otros valores que cumplan las condiciones del artículo 51: valores registrados en Perú negociados mediante un mecanismo centralizado nacional, o valores registrados y negociados en el exterior bajo un convenio de integración aplicable.
Cuando se cumplen esos supuestos, la renta neta correspondiente se suma a la segunda categoría. Cuando no se cumplen, se integra con las rentas del trabajo. No basta con que la empresa o el broker estén en un país del MILA: hay que revisar cómo se realizó la negociación. Fuente: rentas de fuente extranjera, SUNAT.
Un ejemplo para organizar tus números
Imagina una compra por S/ 4,000 y una venta por S/ 4,600. La diferencia simple es S/ 600. Ese cálculo todavía no determina el impuesto: falta comprobar el coste computable, los gastos admitidos, la fuente, las reglas de compensación y las retenciones. Si además depositaste S/ 2,000 en el broker, ese depósito no es una ganancia de S/ 2,000.
Una hoja de cálculo útil tiene una fila por venta y otra sección para dividendos e intereses. Evita usar únicamente el saldo final de la cuenta. Dos personas con el mismo aumento de saldo pueden tener operaciones, aportes y obligaciones diferentes.
Declaración anual y conversión de moneda
Para Renta 2025, SUNAT utiliza el Formulario Virtual 709 para estas rentas de personas naturales. Su información precargada es referencial: debes verificarla. SUNAT señala que las rentas de fuente extranjera se declaran anualmente, sin pagos a cuenta mensuales, y que la regla general aplica las tasas progresivas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30% por tramos.
Para el supuesto consultado de acciones extranjeras, SUNAT indica convertir la renta con el tipo de cambio compra al cierre del día de percepción. No uses automáticamente el cambio del día de la declaración. Consulta las preguntas frecuentes oficiales de Renta 2025 y verifica tu vencimiento según el cronograma que te corresponda.
Antes de presentar
- Comprueba tu condición de domiciliado y el ejercicio al que pertenece cada ingreso.
- Concilia el historial del broker con los comprobantes y las retenciones.
- Revisa por separado las pérdidas y los impuestos pagados en el exterior; no los descuentes sin comprobar los requisitos y límites.
- Consulta quiénes están obligados a declarar. Tener acciones no implica, por sí solo, la misma obligación para todas las personas.
- Si hay operaciones con derivados, actividad empresarial o cambios de residencia, solicita una revisión profesional de tu caso.
Preguntas frecuentes
¿Solo pago cuando retiro dinero del broker?
No tomes el retiro bancario como único criterio. Identifica cuándo se produjo y percibió cada renta conforme a las reglas aplicables. Mantén el registro aunque reinviertas los importes.
¿Esta guía cubre forex y CFD?
No determina su tratamiento. Una acción y un contrato por diferencia son instrumentos distintos. Lleva al contador el contrato del producto y los extractos completos.
Para la parte operativa, consulta nuestra calculadora de riesgo. Estima tamaños y pérdidas teóricas; no calcula impuestos. También puedes revisar los criterios de nuestra guía para elegir broker.
Usar la calculadora →


