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Impuestos por comprar acciones en Perú: guía SUNAT 2026

Fiscalidad · Perú · Ejercicio 2025

Impuestos por comprar acciones en Perú: guía completa para declarar ante SUNAT en 2026

Todo lo que necesitas saber sobre ganancias de capital, tasas vigentes, CAVALI, el Formulario 709 y los plazos exactos para cumplir con la SUNAT por tus inversiones en bolsa durante 2025.

Los impuestos por comprar acciones en Perú deben declararse ante SUNAT por el ejercicio 2025 entre mayo y junio de 2026. Si tuviste ganancias en bolsa, los impuestos por comprar acciones en Perú aplican tanto para la BVL como para mercados extranjeros. Esta guía explica con precisión cómo funcionan los impuestos por comprar acciones en Perú, qué tasas rigen hoy y cómo declarar sin errores.

A quién está dirigida esta guía: A personas naturales residentes en Perú que invirtieron en acciones durante 2025, ya sea en la Bolsa de Valores de Lima (BVL) o en mercados extranjeros como NYSE o NASDAQ. Cubrimos tasas vigentes, el rol de CAVALI como agente de retención, cómo calcular el impuesto según el tipo de inversión y el proceso de declaración paso a paso con los plazos reales de 2026. La información está basada en la Ley del Impuesto a la Renta, las cartillas oficiales de SUNAT y la guía de CAVALI vigentes para el ejercicio 2025.

Datos clave: ejercicio 2025

Acciones peruanas en BVL
5% sobre ganancia bruta
Acciones extranjeras fuera de BVL
Escala progresiva 8%–30%
Retención automática BVL
CAVALI en T+2
UIT 2025 (ejercicio declarado)
S/ 5,350
Formulario 709 disponible
Desde 31 mar. 2026
Plazo declaración (personas nat.)
27 may – 10 jun 2026
Sin exoneración desde 2024 La exoneración del IR para ganancias en la BVL venció el 31 de diciembre de 2023 y no fue prorrogada. Durante todo el ejercicio 2025, todas las ganancias obtenidas en la BVL estuvieron gravadas al 5%, con retención automática a cargo de CAVALI. No existe exoneración vigente para declarar ahora.

¿Qué impuestos por comprar acciones en Perú aplica SUNAT?

Las ganancias obtenidas al vender acciones por encima de su precio de compra se denominan ganancias de capital. En Perú, el tratamiento tributario varía significativamente según dónde esté listada la acción y en qué mercado se liquida la operación. No existe una tasa única.

Impuestos por comprar acciones en Perú: bolsa local vs. mercado extranjero

Tipo de inversión Categoría Tasa aplicable ¿Quién retiene?
Acciones peruanas vendidas en BVL Renta 2.ª cat. fuente peruana 5% sobre ganancia bruta CAVALI (automático T+2)
Acciones extranjeras vendidas en BVL vía MILA Renta 2.ª cat. fuente extranjera 6.25% sobre renta neta CAVALI / DJ Anual
Acciones extranjeras vendidas en mercado extranjero (NYSE, NASDAQ, etc.) Fuente extranjera + Renta del Trabajo Progresiva: 8%, 14%, 17%, 20% o 30% El contribuyente (DJ Anual)
Dividendos de empresas peruanas Renta 2.ª categoría 5% sobre dividendo bruto Empresa pagadora o CAVALI
Dividendos de empresas extranjeras Fuente extranjera + Renta del Trabajo Progresiva: hasta 30% El contribuyente (DJ Anual)
Error frecuente y costoso Los inversores peruanos que operan en plataformas extranjeras (brokers internacionales) y venden en NYSE o NASDAQ no pagan el 5% ni el 6.25%. Esas ganancias se suman a las rentas del trabajo y tributan con la escala progresiva, que puede llegar al 30% según el nivel de ingresos total del ejercicio.
Excepción: acciones extranjeras liquidadas en BVL (MILA) Si compraste acciones de empresas colombianas, chilenas u otras del MILA y las vendiste dentro de la BVL, la ganancia puede tratarse como renta de segunda categoría de fuente extranjera y tributar al 6.25% sobre la renta neta, siempre que cumpla los supuestos del artículo 51° de la LIR. Consulta con tu SAB si tu caso califica.

Cómo funciona la retención de CAVALI

CAVALI actúa como agente de retención del IR para todas las operaciones liquidadas en la BVL. Cuando vendes acciones, CAVALI calcula la diferencia entre el precio de venta y el costo registrado en su sistema y retiene automáticamente el 5% de esa ganancia dos días hábiles después de la operación (T+2).

Registra tu costo de adquisición en CAVALI antes de vender Si no comunicaste el costo de compra de tus acciones a tu SAB, CAVALI asume un costo de S/ 0 y retiene el 5% sobre el precio de venta completo, no sobre la ganancia. Informa siempre el costo a tu SAB antes de ejecutar cualquier venta. Una vez liquidada la operación, no puedes rectificarlo en CAVALI.
La retención de CAVALI no cierra tu obligación Es un pago a cuenta del impuesto definitivo, no un pago final. Debes igualmente presentar la DJ Anual. Si la retención fue mayor al impuesto real, puedes solicitar devolución. Si fue menor, debes pagar la diferencia.

Cómo calcular los impuestos por comprar acciones en Perú

Caso 1 — Acciones peruanas vendidas en BVL

La tasa es el 5% directo sobre la ganancia bruta (venta menos costo). CAVALI lo retiene automáticamente pero debes declararlo.

Fórmula — Acciones BVL fuente peruana
Impuesto = (Precio de venta − Costo de adquisición) × 5%
Ejemplo: vendiste a S/ 8,000, compraste a S/ 5,000 → ganancia S/ 3,000 → impuesto S/ 150. CAVALI retiene automáticamente.

Caso 2 — Acciones extranjeras vendidas fuera de BVL

La ganancia se suma a tus rentas del trabajo del ejercicio 2025 y tributa con la escala progresiva acumulativa. La UIT del ejercicio 2025 es S/ 5,350.

Escala progresiva — UIT 2025 = S/ 5,350
Hasta 5 UIT (S/ 26,750): 8%
De 5 a 20 UIT (hasta S/ 107,000): 14%
De 20 a 35 UIT (hasta S/ 187,250): 17%
De 35 a 45 UIT (hasta S/ 240,750): 20%
Más de 45 UIT: 30%
La escala se aplica sobre la renta neta imponible total: rentas del trabajo + fuente extranjera del ejercicio.
Conversión de moneda extranjera Todas las cifras deben convertirse a soles usando el tipo de cambio promedio ponderado de compra publicado por la SBS en la fecha de cada operación. Guarda el historial de transacciones de tu bróker como sustento documental.

¿Se pueden compensar pérdidas?

Las pérdidas en acciones de fuente extranjera compensan solo ganancias de la misma categoría dentro del mismo ejercicio. Si el resultado neto es pérdida, el impuesto es cero, pero esa pérdida no se arrastra a ejercicios futuros. Para operaciones en BVL, CAVALI solo retiene cuando hay ganancia en la operación.

Ventajas y limitaciones del régimen fiscal para inversores en bolsa

Aspectos favorables

+Tasa del 5% en BVL es competitiva y la retención via CAVALI es automática
+Sin pagos a cuenta mensuales para persona natural inversionista
+Crédito aplicable por impuesto retenido en el exterior (ej. formulario 1042-S de EE.UU.)
+Pérdidas del ejercicio compensan ganancias de la misma categoría antes del cálculo

Aspectos limitantes

Sin exoneración BVL desde 2024: todas las ganancias tributan
Acciones en brokers extranjeros pueden llegar al 30% al sumarse a rentas del trabajo
Sin costo registrado en CAVALI, la retención se aplica sobre el precio de venta completo
Las pérdidas no se arrastran a ejercicios futuros
Obligación de declarar aunque el bróker extranjero ya haya retenido impuesto en origen

Cómo declarar tus ganancias de capital ante SUNAT paso a paso

La declaración del ejercicio 2025 se realiza mediante el Formulario Virtual N° 709 — Renta Anual — Persona Natural, disponible desde el 31 de marzo de 2026 en el portal de SUNAT y en la app Personas SUNAT. Los plazos de vencimiento según el último dígito del RUC son:

Grupo de contribuyente Plazo de vencimiento
Personas naturales y MYPE (Ley N° 31940) — la mayoría de inversores individuales 27 de mayo al 10 de junio de 2026, según último dígito del RUC
Otros contribuyentes no comprendidos en Ley 31940 26 de marzo al 13 de abril de 2026, según último dígito del RUC
1

Obtén el Certificado de Retención de CAVALI

Solicítalo a tu SAB de forma gratuita. Detalla todas las retenciones del 5% realizadas durante 2025 por operaciones en BVL. Es el documento base para completar tu declaración y acreditar los pagos a cuenta ya realizados.

2

Reúne el historial de operaciones en mercados extranjeros

Descarga los estados de cuenta de tu bróker internacional con fechas, precios de compra y venta, comisiones y moneda de cada operación. Convierte cada cifra a soles usando el tipo de cambio SBS de la fecha correspondiente.

3

Separa los resultados por categoría de renta

Distingue: (a) operaciones BVL fuente peruana, y (b) operaciones en mercados extranjeros. Son categorías con tratamiento tributario distinto. Las pérdidas solo compensan ganancias dentro del mismo grupo.

4

Ingresa al portal SOL desde el 31 de marzo de 2026

Accede a sunat.gob.pe con tu Clave SOL y abre el Formulario Virtual N° 709. El sistema precarga automáticamente la información que CAVALI reportó a SUNAT. Verifica que coincida con tu certificado de retención antes de continuar.

5

Completa la sección de rentas de fuente extranjera

Si operaste en mercados internacionales, ingresa el total de ganancias netas en la sección «Rentas de Fuente Extranjera». El sistema suma automáticamente estas rentas a tus rentas del trabajo para aplicar la escala progresiva correspondiente.

6

Aplica el crédito por impuesto retenido en el exterior

Si tu bróker extranjero realizó retenciones en el país de origen (como el formulario 1042-S de EE.UU. por dividendos), puedes utilizarlo como crédito contra el impuesto peruano, hasta el límite del impuesto correspondiente en Perú. Conserva el comprobante como sustento.

7

Presenta y paga dentro del cronograma

El pago puede realizarse en línea desde el portal SOL o en agentes bancarios autorizados. Cumple el plazo según tu último dígito de RUC. Presentar fuera del plazo genera multas e intereses moratorios según el Código Tributario.

Recomendación editorial El cálculo de rentas de fuente extranjera y la aplicación de créditos por impuestos pagados en el exterior puede ser complejo, especialmente si tuviste tanto rentas del trabajo como ganancias en bolsa extranjera. Consulta con un contador público colegiado con experiencia en tributación internacional antes de presentar tu declaración. Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría tributaria.

Casos especiales en la tributación de acciones en Perú

Dividendos de acciones

Los dividendos tienen tratamiento independiente de las ganancias de capital. Los dividendos de empresas peruanas tributan al 5% y son retenidos por la empresa pagadora o CAVALI en el momento del pago — solo debes declararlos de forma informativa en la DJ Anual. Los dividendos de empresas extranjeras no tienen retención automática y se suman a tus rentas del trabajo, tributando con la escala progresiva.

ETFs internacionales en bróker extranjero

Las ganancias al vender ETFs en mercados extranjeros (SPY, QQQ, VTI, etc.) reciben el mismo tratamiento que las acciones individuales extranjeras: se suman a las rentas del trabajo y tributan con la escala progresiva del 8% al 30%. No existe un régimen especial para ETFs en la legislación peruana actual.

Costo promedio ponderado

Si compraste acciones de una misma empresa en distintas fechas y precios, el costo computable se calcula como el costo promedio ponderado (CPP) de todas las adquisiciones, según el artículo 11° del Reglamento de la LIR. No puedes elegir qué lote vendiste primero para optimizar el impuesto.

Acciones heredadas Si recibiste acciones por herencia, el costo computable puede ser cero si fueron adquiridas a título gratuito, salvo que optes por el costo del transferente según el artículo 21° de la LIR. Revisa este punto con un asesor antes de vender posiciones heredadas, ya que impacta directamente en el impuesto a pagar.

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Preguntas frecuentes sobre impuestos por acciones en Perú

¿La exoneración de la BVL sigue vigente en 2025?
No. La exoneración venció el 31 de diciembre de 2023 y el Congreso no la prorrogó. Durante todo el ejercicio 2025, todas las ganancias en la BVL estuvieron gravadas al 5%, con retención automática a cargo de CAVALI. No hay exoneración que declarar ni reclamar.
¿Cuándo es el plazo para declarar el impuesto a las acciones del ejercicio 2025?
El Formulario Virtual N° 709 está disponible desde el 31 de marzo de 2026. Para personas naturales y MYPE comprendidas en la Ley N° 31940, el plazo de vencimiento va del 27 de mayo al 10 de junio de 2026, según el último dígito del RUC. Para otros contribuyentes, el plazo fue del 26 de marzo al 13 de abril de 2026.
¿Debo declarar si CAVALI ya retuvo el impuesto en mis operaciones de BVL?
Sí. La retención de CAVALI es un pago a cuenta, no un pago final. Debes presentar igualmente la DJ Anual incluyendo las ganancias en BVL. La retención se aplica como crédito. Si hubo exceso, puedes solicitar devolución; si hubo defecto, pagas la diferencia.
¿Cuánto pago de impuesto por acciones en un bróker extranjero?
Depende de tus ingresos totales del ejercicio. Las ganancias por acciones vendidas fuera de la BVL se suman a tus rentas del trabajo y se aplica la escala progresiva: 8%, 14%, 17%, 20% o 30%, usando la UIT 2025 de S/ 5,350. No es una tasa fija — puede ser mucho más alta de lo que muchos inversores anticipan.
¿Qué pasa si no registré mi costo de compra en CAVALI antes de vender?
CAVALI asignó un costo de cero y retuvo el 5% sobre el precio de venta completo. Si esto ocurrió, al presentar tu DJ Anual puedes recalcular el impuesto real con el costo correcto y solicitar la devolución del exceso retenido. Para operaciones futuras, informa siempre el costo a tu SAB antes de vender.
¿El impuesto aplica si vendí acciones pero no retiré el dinero del bróker?
Sí. El impuesto se genera en el momento de la venta, independientemente de si retiras el dinero. Para operaciones en BVL, CAVALI retiene en T+2 automáticamente. Para operaciones en el exterior, la obligación nace con la venta y debes declararla en tu DJ Anual del ejercicio 2025.
¿Puedo deducir las comisiones del bróker para reducir el impuesto?
Sí. Las comisiones pagadas al bróker en la compra se suman al costo de adquisición, reduciendo la ganancia bruta. Para operaciones en BVL, informa las comisiones a tu SAB para que CAVALI las considere. Para operaciones en el exterior, inclúyelas en tu cálculo manual al preparar la declaración.

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Aviso importante: Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y no constituye asesoría tributaria, legal ni financiera. La información de tasas, plazos y procedimientos corresponde al ejercicio gravable 2025, verificada en fuentes oficiales de SUNAT, CAVALI y el Diario Oficial El Peruano. La normativa tributaria puede cambiar; verifica siempre la información actualizada en sunat.gob.pe o consulta con un contador público colegiado. Trading-latam.com no se hace responsable de decisiones tomadas sin la debida verificación profesional. Invertir en acciones implica riesgo de pérdida de capital.